martes, 8 de junio de 2010

La culpa es del 26

Artículo de Marcelino Perelló publicado en Excélsior 8 de junio.

Para admitir y legislar las candidaturas independientes, todo el abrumador trámite de reforma constitucional es perfectamente superfluo. Y no es poca cosa, vive dios.


Marcelino Perelló Bien, bien, bien. Jarashó, ochín jarashó. Vamos ahí. Las "Propuestas de Reforma Política", que el Ejecutivo envía al Senado en aras de su discusión y eventual aprobación, en el rubro concerniente a las candidaturas independientes, a la letra dicen:

"Se propone incorporar la figura de Candidaturas Independientes en la Constitución para todos los cargos de elección popular. Se requerirá el respaldo de al menos 1% de los ciudadanos inscritos en el padrón electoral de la demarcación que corresponda."

Y en anexo precisa la modificación del artículo 35 constitucional, que el Ejecutivo considera necesaria, y en el que, de nuevo textualmente, propone:

"II. Poder ser nombrado para cualquier empleo, cargo o comisión y votado para todos los cargos de elección popular como candidato de un partido político o de forma independiente, cumpliendo con los requisitos y calidades que señale la ley."

El texto en cursivas es el que la iniciativa presidencial cree debe ser adicionado. Ya quedó del todo establecido, hace 15 días, que se trata de una tontería. Parece una minucia, pero no lo es. La diferencia es enorme, pues como asentamos ahí mismo, para admitir y legislar las candidaturas independientes, todo el abrumador trámite de reforma constitucional es perfectamente superfluo. Y no es poca cosa, vive dios.

Así pues es necesario únicamente suprimir un par de líneas del Cofipe. Las que corresponden al primer inciso del artículo 218 del capítulo segundo del título segundo del libro quinto: "Corresponde exclusivamente a los partidos políticos nacionales el derecho de solicitar el registro de candidatos a cargos de elección popular".

Eso, el Congreso se lo echa en santiamén, entre café y bizcochos, y con docena y media de parlamentarios adormilados que completen el quórum. Es casi de obvia resolución. Después, ahí mismo, en el Cofipe, deberán regular las candidaturas independientes. Eso ya es más serio. Requiere cierta reflexión y talacha. Pero, en fin, para eso están allí. Que se asuman. De su acierto dependerá que luego el proceso sea llano.

Por otro lado, la propuesta exige que el número de ciudadanos que respalden la candidatura sea al menos de 1% del padrón vigente. Este porcentaje es hasta ridículo en municipios pequeños. Piense que en uno de diez mil electores, es decir, de unos 15 mil habitantes, bastará avalar al candidato con el nombre de cien empadronados. Baba de perico.

Pero si de lo que se trata es de postular a un ciudadano a la Presidencia de la República, ese 1% se transforma en 770 mil nombres. Es descomunal. Si les preocupa que las organizaciones de narcos y los cárteles de empresarios utilicen las candidaturas independientes a su favor, esta es la manera de hacerlo. Ese es su único sentido.

Fíjese: el Código Electoral, el Cofipe vigente, exige, para registrar un partido político nacional, en su artículo 24, que lo integre al menos 0.26% del padrón. De plano no sé por qué 26 y no 25; misterios jurisprudenciales; por lo visto el sistema decimal no es lo suyo.

La cosa es que ese 0.26 representa como la cuarta parte de los que, según esto, deben apoyar a un candidato independiente. Encuéntrele usted la punta, agudo lector. Porméxico propone en cambio una proporcionalidad escalonada, como en los impuestos, mucho más razonable, jurídica, social y políticamente acertada:

En demarcaciones de menos de 10 mil empadronados, exijamos sí el respaldo de al menos 1% del padrón en esa demarcación. En las que cuenten entre 10 mil y 99 mil 0.8%. Entre los 100 mil y los 999 mil 999 0.6%. Entre un millón y nueve millones 999 mil 999 0.4 por ciento.Y en las candidaturas a la Presidencia 0.2 por ciento. O si tanto les late el numerito enigmático ése, 0.26%. No nos vamos a pelear por un quítame de ahí 50 mil electores.

No me sobra el espacio, me cae, pero de plano no puedo no contarle lo que encuentro al repasar con cierta atención —tampoco tanta, no vaya usted a creer— el famoso Cofipe. Es inconcebible que se haya redactado así, pero yo creo que es aún más difícil de concebir que de los cientos de pares de ojos que tuvieron la obligación de leerlo, ninguno haya reparado en un dislate tan garrafal. Que viene de garrafa. Que viene de pomo.

Se trata del inciso II del artículo 30, que supuestamente establece cómo se comprobará que un nuevo partido cuenta con el número de afiliados requerido: "El Consejo General (...) verificará la autenticidad de las afiliaciones al nuevo partido (...) a través del establecimiento de un método aleatorio, conforme al cual se verifique que cuando menos el 0.026 por ciento corresponda al padrón electoral..."

Haga como yo y léalo tres veces. Consulte otras ediciones, como yo. Cuando se haya convencido y haya logrado cerrar la boca, llegará a la misma conclusión que yo: Para registrar un nuevo partido, basta que 26 de cada 100 mil afiliados estén empadronados. No parece difícil. Mucho más lo es hacerse bolas de esta manera.

Ello nos informa de la seriedad con la que debemos tomarnos ciertos textos legales. Y de la seriedad con la que se los toman otros. La culpa de todo ha de ser de ese misterioso 26.

http://www.excelsior.com.mx/index.php?m=nota&buscado=1&id_nota=170047